Monotributistas dedicados al alquiler de inmuebles quedarán exentos del impuesto en septiembre

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó la Resolución 5546/2024, mediante la cual dispuso que, a partir de septiembre de 2025, determinados monotributistas que se dedican al alquiler de inmuebles no deberán abonar el impuesto.

La medida busca aliviar la carga fiscal de pequeños contribuyentes y, al mismo tiempo, promover la formalización del mercado de alquileres mediante el registro obligatorio de los contratos.

Quiénes podrán acceder al beneficio

Para estar exentos del pago, los monotributistas deberán cumplir con tres condiciones:

  • Estar inscriptos en el Régimen Simplificado con un máximo de dos inmuebles en alquiler.
  • No estar registrados en ninguna otra actividad dentro del monotributo.
  • Tener los contratos de locación declarados en el Registro de Locaciones de Inmuebles (RELI).

El trámite para acceder a la exención se realizará de manera digital a través de la plataforma de ARCA, donde se deberá presentar la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos.

Escalas del monotributo desde septiembre 2025

La resolución también actualizó los topes de facturación anual para cada categoría del monotributo:

  • Categoría A: $ 8.992.597,87
  • Categoría B: $ 13.175.201,52
  • Categoría C: $ 18.473.166,15
  • Categoría D: $ 22.934.610,05
  • Categoría E: $ 26.977.793,60
  • Categoría F: $ 33.809.379,57
  • Categoría G: $ 40.431.835,35
  • Categoría H: $ 61.344.853,64
  • Categoría I: $ 68.664.410,05
  • Categoría J: $ 78.632.948,76
  • Categoría K: $ 94.805.682,90

Un alivio y más transparencia

Desde el organismo explicaron que el beneficio no solo busca reducir la presión tributaria sobre quienes dependen del alquiler de propiedades, sino también avanzar hacia un sistema más transparente y ordenado. La obligación de registrar los contratos en el RELI permitirá dar mayor seguridad jurídica tanto a propietarios como a inquilinos, limitando la informalidad en el sector.

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