Blanqueo: Tres aclaraciones clave de la AFIP para monotributistas en la última fase del proceso

A pocos días de finalizar la Fase 1 del blanqueo, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) realizó importantes aclaraciones sobre temas que afectan a los procesos judiciales en curso, a los monotributistas y a la declaración de bienes en el exterior.

Procesos judiciales y adhesión al blanqueo

Según la Resolución General 5573/2024 publicada en el Boletín Oficial, los contribuyentes que adhieran al blanqueo deben desistir de cualquier reclamo o acción, tanto en sede administrativa como judicial, renunciando a derechos relacionados con los conceptos y montos adheridos. Además, asumen el pago de costas y gastos. Para formalizar este proceso, deberán presentar el formulario 408/PD mediante el servicio «Presentaciones Digitales» en la plataforma de AFIP.

Una vez que AFIP valide el trámite, comunicará la recepción del formulario para que el contribuyente lo presente en la instancia correspondiente. Asimismo, los fondos o bienes regularizados deberán ser imputados a la base imponible de los impuestos ajustados o determinados de oficio. Cabe destacar que estos bienes no podrán aplicarse a otros ajustes posteriores.

Si el ajuste fue pagado antes de la entrada en vigencia de la ley, los fondos regularizados no podrán ser utilizados para impugnaciones pendientes, incluso si están en apelación judicial.

Monotributistas: exclusión y recategorización

Una de las aclaraciones más relevantes es para los monotributistas: AFIP confirmó que la tenencia declarada en el blanqueo no será considerada como un antecedente para la exclusión o recategorización del pequeño contribuyente en relación con períodos previos a dicha declaración.

Blanqueo y documentación en el exterior

En cuanto a los bienes declarados en el exterior, si la documentación está en otro idioma, deberá ser traducida al español por un traductor público matriculado en Argentina, y su firma deberá ser legalizada o apostillada.

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