Mañana a partir de las 10 hs, el Honorable Concejo Deliberante de Puerto Iguazú discutirá la readecuación de las tarifas del servicio de transporte público de pasajeros, operado por la empresa Río Uruguay – TAP El Práctico S.R.L. Según la Comisión de Presupuesto, Hacienda y Legislación General que ha revisado el Expediente Nº 14/24 Letra “P” y recomienda la aprobación de la Ordenanza Nº 24, que establece los nuevos valores del boleto en la ciudad.
Según la propuesta, el boleto único tendrá un costo de $900, mientras que aquellos usuarios que no posean la tarjeta del sistema de Boleto Electrónico deberán abonar $1.100. Para el servicio entre Iguazú y las Cataratas, el precio será de $2.200, con una tarifa reducida de $1.500 para residentes y trabajadores del Área Cataratas.
Además, se garantizará la continuidad de los servicios gratuitos para ciertos grupos de usuarios, entre ellos estudiantes de la Universidad Latinoamericana (UNILA), promotores de salud, personal de fuerzas de seguridad, jubilados y estudiantes de nivel primario y secundario que utilizan el Boleto Estudiantil Gratuito.
El Concejo considera que, a pesar del estudio de costos presentado por la empresa, es crucial proteger al usuario ante el impacto económico de un aumento excesivo. También se mencionó la inflación interanual, la deuda del Estado en concepto de subsidios y la desregulación del precio del combustible como factores que influyen en esta decisión.
ORDENANZA
Ciudad de Puerto Iguazú, 26 de Agosto de 2024.
DESPACHO DE COMISIÓN
Honorable Concejo:
Vuestra Comisión de Presupuesto, Hacienda y Legislación General, ha analizado el Expediente Nº 14/24 Letra “P”, Proyecto de Ordenanza, referente a readecuación de tarifas del servicio de transporte público de pasajeros. Sometido a consideración por las razones que expondrá el miembro informante, esta comisión os aconseja la aprobación de la siguiente:
ORDENANZA Nº 24.-
VISTO:
EL Expediente Nº 14/24 – Letra “P”, por el cual la empresa “Río Uruguay – TAP El Práctico S.R.L.”, solicita la readecuación de tarifas para el Servicio de Transporte Público de Pasajeros, en nuestra ciudad.
CONSIDERANDO:
QUE, la mencionada empresa ha fundamentado su pedido basado en un estudio de costos presentado;
QUE, este Cuerpo tiene la responsabilidad institucional de decidir una cuestión de esta naturaleza y velar por el interés general, entendiéndose en este caso asegurar el funcionamiento del servicio y atender especialmente el impacto económico que tenga para los usuarios;
QUE, a pesar de que el estudio de costos presentado por la empresa, este Cuerpo entiende que no corresponde aplicar tal porcentaje de aumento solicitado, a fin de proteger al vecino usuario, con el impacto económico que esto representa, y
QUE, se hace imprescindible señalar la inflación interanual actual, la deuda en concepto de subsidios que mantiene el Estado con la empresa, y la desregulación del precio del combustible generando un importante incremento del mismo.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE PUERTO IGUAZÚ SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: FIJASE las siguientes tarifas para el Transporte Público Urbano de Pasajeros de la Ciudad de Puerto Iguazú, a partir del día Lunes 02 de Septiembre del año 2024:
a) Boleto Único: $900.- b) Boleto Único sin poseer la tarjeta de sistema de Boleto Electrónico: $1.100.- c) Boleto Servicio Iguazú – Cataratas: $2.200.- d) Boleto Iguazú – Cataratas para residentes de Puerto Iguazú y trabajadores del Área Cataratas: $1.500.-