EL GOBIERNO BAJA IMPUESTOS Y PAGAR CON CELULAR O TARJETA TENDRÁ MÁS VENTAJAS

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El Gobierno ha publicado en el Boletín Oficial la Ley 27.743, conocida como «Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes». En su artículo 102, se dispone la exención de retenciones impositivas para cobros electrónicos realizados por pequeños contribuyentes.

Esta medida tiene como objetivo aliviar la carga tributaria sobre las Pymes que acepten pagos digitales y fomentar el crecimiento de las billeteras electrónicas.

Reducción del costo del dinero electrónico: aspectos clave La Cámara Argentina Fintech fue una de las primeras entidades en manifestar su total apoyo, subrayando que se trata de un avance crucial para eliminar barreras a la digitalización del dinero. «Permitirá disminuir la carga tributaria que disuade a muchos comercios de aceptar pagos electrónicos», afirma la entidad.

La ley reconoce que uno de los mayores obstáculos para la adopción de medios digitales (tarjetas, billeteras, etc.) era la alta carga tributaria que afectaba a los pequeños y medianos comercios.

La experta sugiere avanzar hacia una propuesta más ambiciosa que elimine completamente los regímenes de retención, argumentando que el dinero digital no debería estar sujeto a ningún impuesto. Por el contrario, para la profesional, lo que debería gravarse es la extracción de dinero en efectivo.

«Hay que aprovechar que casi toda la población ya está capacitada para realizar y recibir todos sus pagos de forma digital, lo que representa una oportunidad para hacer una administración tributaria más eficiente y reducir la evasión», concluye Viganó.

Reducción del costo del dinero electrónico: lo que se espera El Régimen de retención de Impuestos al Valor Agregado y a las Ganancias está establecido por la AFIP mediante la Resolución General 4622/2019. Se aplica a responsables inscriptos y adheridos al régimen simplificado para pequeños contribuyentes (RS) cuando realizan diez o más operaciones al mes o el monto total supera los $200.000.

Si lo establecido en el artículo 102 se implementa y se dejan de retener impuestos nacionales, esto debería reflejarse en cualquier plataforma de pagos. Por ejemplo, alguien que vende por Mercado Libre podría trasladar el «no cobro» anticipado de dichos tributos al precio final, reduciendo así el costo del producto.

Otro caso común es el de comerciantes que cobran un extra a quienes pagan con tarjetas: «El rechazo a recibir tarjetas de crédito y débito se debe no solo a las retenciones aplicadas sobre IVA y Ganancias, sino también sobre Ingresos Brutos, el Impuesto al Cheque y el costo del posnet. Por estos motivos, los comerciantes prefieren efectivo o transferencia», detalla Viganó.

La transferencia no constituye un medio de pago sino un traspaso de dinero, por lo que no hay una factura sobre la cual aplicar la retención impositiva.

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