A través de la Resolución 3284/2024, publicada hoy en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional ha puesto fin a las intermediaciones de obras sociales fantasma en empresas de medicina prepaga. Esta medida permitirá que los beneficiarios puedan derivar sus aportes y contribuciones a una obra social o prepaga de manera directa, eliminando las triangulaciones que complicaban el sistema.
La Superintendencia de Servicios de Salud ha determinado que, a partir del 1 de diciembre, todas las entidades comprendidas en el artículo 1 de la Ley 26.682, que incluye a las prepagas que ofrecen planes financiados con fondos de la seguridad social, deberán estar inscriptas en el Registro Nacional de Agentes del Seguro (RNAS).
Este registro se creó durante la gestión del presidente Javier Milei, quien mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/23 desreguló el sistema de salud. Esta desregulación permitió que las prepagas se convirtieran en Agentes del Seguro, habilitándolas para recibir aportes de manera directa.
La resolución actual busca profundizar esta reestructuración del sistema de salud, y establece que las prepagas que no cumplan con el requisito de inscripción en el RNAS no podrán comercializar sus planes y serán sancionadas conforme a la Ley 26.682.
La Superintendencia de Servicios de Salud, en conjunto con el Ministerio de Salud de la Nación, continúa avanzando en un proceso de reordenamiento del sistema, con el objetivo de brindar mayor transparencia y eficiencia en la administración de los aportes de los afiliados.