En un movimiento que busca aliviar la carga administrativa de los contribuyentes, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha eliminado la obligación de registrar los contratos de alquiler. Esta medida, que se enmarca dentro de una serie de reformas impulsadas por el presidente Javier Milei, responde a las críticas que se habían levantado sobre la Ley de Alquileres, la cual fue recientemente derogada mediante un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU).
La obligación de registrar los contratos de alquiler había sido implementada con el objetivo de fiscalizar y sistematizar el mercado de alquileres. Sin embargo, desde su implementación, la medida fue ampliamente rechazada por propietarios e inquilinos debido a la carga administrativa y fiscal que implicaba. Según expertos, esta eliminación puede fomentar una mayor oferta de propiedades en alquiler, especialmente en áreas urbanas donde la demanda sigue siendo alta.
Es importante destacar que aquellos contratos firmados antes de la entrada en vigencia del DNU, es decir, entre el 1° de julio de 2020 y el 29 de diciembre de 2023, aún deben cumplir con la obligación de registro ante la AFIP. Sin embargo, para los nuevos contratos, esta exigencia ya no aplica, lo que simplifica significativamente el proceso tanto para propietarios como para inquilinos.
La medida también tiene implicaciones en otros aspectos fiscales, como la eliminación del requisito de presentar una copia del contrato de alquiler en el SiRADIG, que es necesario para acceder a las deducciones en el impuesto a las ganancias. Este cambio busca alinear las normativas con la actual realidad económica del país, ofreciendo mayor flexibilidad y facilitando las transacciones en el mercado inmobiliario.