#OrdenanzaMunicipal
Se definen como vehículo de Gran porte aquellos que tengan 3500 kilos o mas, tengan una longitud igual o mayor a 11,50 metros, vehículos de dos ejes, ómnibus de dos pisos. Ayer el concejo aprobó y quedo prohibido en toda la ciudad, de tal manera que estos vehículos deberán estacionar en los lugares habilitados, que previamente se darán a conocer, este servicio podrá ser prestado por el municipio o mediante una concesión. Todo aquel vehículo que no cumpla sera sancionado y el vehículo sera retenido en la municipalidad. En en caso de una concesion se podra ceder hasta 5 años y 10 años en el caso de prestar un buen servicio.
La mayoría de los colectivos de muchas empresas de media y larga distancia estacionan sus ómnibus en la vía publica, en ocasiones es incomodo circular por las avenidas principales cuando se estacionan en las calles de la ciudad.
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